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Garantía en el coche de ocasión: lo que cambia según a quién compres

Comprar a un profesional te da años de garantía legal; comprar a un particular, otra cosa distinta. Qué cubre cada escenario y qué es un vicio oculto.

La palabra «garantía» significa cosas muy distintas según quién te venda el coche, y confundirlas es una de las fuentes clásicas de disgusto en la ocasión.

Comprando a un profesional

La ley de defensa de los consumidores te da una garantía legal de conformidad de tres años en bienes, aunque en vehículos usados el vendedor profesional puede pactarla en un mínimo de un año... y las condiciones concretas conviene leerlas en el contrato. Cubre las faltas de conformidad: averías y defectos que el coche ya traía, no el desgaste normal ni el mal uso.

Comprando a un particular

No hay garantía de consumo. Hay Código Civil: el vendedor responde de los VICIOS OCULTOS — defectos graves, anteriores a la venta y no visibles en un examen normal — durante seis meses. Reclamarlos exige probar que el defecto existía al vender, lo que en la práctica significa peritajes. Es una protección real, pero cuesta ejercerla.

Las cláusulas mágicas que no lo son

«Se vende como visto» no elimina la responsabilidad por vicios ocultos. Tampoco la elimina el precio bajo. Lo que sí ayuda al vendedor honesto es listar por escrito los defectos conocidos: lo declarado no es oculto.

La consecuencia práctica

El precio entre particulares es mejor en parte PORQUE la protección es menor: estás cobrando ese riesgo. Redúcelo con las comprobaciones previas — informe DGT, historial de ITV, inspección mecánica — y con un contrato que refleje el estado real del coche.